domingo, 31 de enero de 2021

Filomena. Una anotación de A.B.

Una señora parecía dudar al pasar cerca de una de las ramas tronchadas por la tormenta de nieve. No era por dificultad para sortearla. Se había fijado en las piñas. Con un gesto natural, pero que parecía de otro tiempo, se agachó y recogió tres o cuatro. Recolección en la periferia.

viernes, 22 de enero de 2021

Unas sentencias de Bergamota. Fragmento de un discurso inacabado. Cortesía de Calvino de Liposthey, biógrafo.

Fragmento del discurso de César en Placentia, año 49 antes de Jesucristo, citado por John Fuller en su libro Batallas Decisivas del Mundo Occidental:

“Ninguna sociedad humana puede conservar su unidad y continuidad de existencia, si los elementos criminales no reciben su castigo, puesto que, si el miembro enfermo no es objeto de tratamiento adecuado, todos los demás acabarán por contagiarse de la infección, como ocurre también con nuestro cuerpo. Menos que en ningún otro lugar, puede permitirse relajamiento alguno de la disciplina en un ejército, porque cuando los elementos díscolos (…)”.

Nosotros decimos que la unidad de España es en la actualidad la unidad garantía posible de libertad para sus ciudadanos, condición necesaria, aunque no suficiente, pero sin la que no cabe esperar que triunfe una sociedad vertebrada en torno a la libertad bien entendida, la justicia, la prudencia y el bien común.

Sentencia. Un comentario de Genaro García Mingo.

Nos traen las noticias una que parece especialmente importante y es la siguiente:

La residencia en la que vive una anciana de 86 años quiere vacunarla contra el Covid-19. Como ella ha perdido la cabeza, los responsables de la residencia piden el consentimiento a su hijo y este se niega a firmarlo. La residencia entonces emprende acciones legales y es la fiscalía la que solicita a un juzgado de Sevilla que autorice a vacunar. Es decir, que obligue a la anciana a vacunarse, contra el criterio de su familia.

Como es sabido, no existe en España una obligación legal de vacunación, cosa que el propio juez que dicta la sentencia reconoce.

De acuerdo con la noticia que recoge lo indicado en la sentencia, el hijo de la anciana alegó que “prefería esperar antes de ser vacunada su madre, entendiendo que la vacuna no es del todo segura, y dada la rapidez con que se ha iniciado la vacunación, de forma que no se ha podido determinar la existencia de efectos adversos”. No son los argumentos de un feroz opositor dogmático a la vacunación, sino más bien los de una persona sensata con ciertas dudas sobre las consecuencias de esta vacuna en particular, dudas que al parecer comparte una parte significativa de la población española. Los servicios sanitarios le habían informado de “que los efectos secundarios que puede conllevar se asimilan a cualquier tipo de vacuna que se encuentre dentro del calendario de vacunación oficial anual”. Es una información más cuestionable a la vista precisamente de que se trata de cualquier cosa menos de una vacuna de las habituales.

Pese a todo, el juez indicad que “no consta contraindicación médica para la vacunación” y entiende que los argumentos del hijo “deben decaer frente al carácter seguro de la vacuna Covid-19, que cuenta con la aprobación de la Agencia Europea del Medicamento, siendo en todo caso mayor y más grave el riesgo de contraer la infección por coronavirus que la de padecer algún efecto secundario grave”.

Y así acaba el asunto al parecer y se habrá vacunado a la anciana. Esto es lo que hace el Estado con nuestros teóricos derechos y libertades, que a la vista está que no son tales sino una entelequia al albur de lo que decidan el rebaño de cretinos que puebla el congreso de los diputados o los personajes que habitan, sin control alguno, en las instituciones supranacionales.

viernes, 15 de enero de 2021

Meditación.


Ante el panorama, envuelto en pieles, el sabio medita entre los hielos. Cogitaciones y melancolías.