ESCRITURAS MUY CURIOSAS EN LA GRANADA DEL SIGLO XVI. UN MARIDO INTOLERANTE, OTRO MUY PREVISOR, Y UNOS SUEGROS COMPRENSIVOS.
El Ilustre Colegio Notarial de Granada, cuyo Boletín informativo es bien conocido en la mayor parte de las notarias de España, publicó en el mes de noviembre de 1993 una separata del mayor interés titulada “Varia Notariorum. La Historia de los granadinos del siglo XVI”, en la que se reproducen íntegramente noventa y tres escrituras seleccionadas en el Archivo de Protocolos del propio Colegio, otorgadas entre los años 1505 (reinando los Reyes Católicos) y 1569 (bajo el reinado de Felipe II). Como dicen los autores del trabajo, las escrituras notariales son los documentos más cálidos y entrañables y las que nos muestran toda la realidad de la sociedad granadina a través de curiosos y maravillosos tipos humanos y sus devenires cotidianos.
La lectura de esas escrituras, por curiosas y divertidas que puedan ser algunas, deja en conjunto una sensación amarga porque retratan una sociedad muy dura: pobre (los inventarios en que se recogen bienes como “una savana vieja, ocho pañizuelos de narices, los dos desilados, un cernadero de lienzo bastante viejo”), violenta y en la que la esclavitud tenía cómodo reflejo en los documentos notariales. Pero, puesto que con este artículo no persigo otro fin que entretener al “curioso lector”, me limitaré a espigar tres escrituras de las que los propios autores del estudio califican de “picantes”.
El marido intolerante. Así puede ser considerado sin duda el turronero Juan de Logroño que en la nombrada y gran cibdad de Granada compareció ante el escribano a dos dias del mes de junio del año del nacimiento de nuestro Salvador Ihesu Christo de mill e quinientos e treinta e cinco años … e dixo que por cuanto debe aver doze e treze dias que Catalina Fernández, su muger, se le fue de casa con ciertos mancebos e le llevo cinco o seys ducados, de lo cual tiene dada quexa en esta cibdad de Granada, e agora a sabido que está presa en la cibdad de Loxa e por que la dicha su muger no la suelten, por esta presente carta, en la mejor forma y manera que puede e de derecho debe, otorgó e conosció que dava e dio su poder conplido, libre, llenero, bastante, según que de derecho se requiere, a Juan de Ribera, turronero, su oficial, que estava presente, especialmente para que por él y en nombre e como él mismo pueda parescer e paresca ante las justicias de dicha cibdad de Loxa, e de otras partes, e les pedir y requerir que tengan presa e a buen recabdo a la dicha Catalina Fernández, su muger, e a la persona o personas qu se hallaren culpantes e sy fuere necesario pueda querellar dellos e de la dicha su muger criminalmente…
Los autores del estudio relacionan esta y otras “fugas” con la violencia doméstica, y es posible que estén en lo cierto. Sea lo que fuere, nuestro turronero dejó muy claro que no estaba dispuesto a perdonar a la mujer adultera, muy probablemente por la poderosa razón de que era la suya.
Los suegros comprensivos. Entre los moriscos de Granada, al menos en el año 1507 y en la alquería de Quejar, el asesinato estaba mejor visto que el adulterio. Todo lo contrario que ahora. Así lo demostraron Gonzalo Alnaguaquecí (antes Mahomad) y su mujer Leonor (antes Omalfata) quienes ante el escribano dijeron que Juan Monono, su yerno, ovo muerto a Leonor su mujer, que antes se desya Fátima, defunta que Dios aya, fija de la dicha Leonor e alnada del dicho Gonzalo, la cual avia muerto podría e puede haber tres años, poco mas o menos, porque fue informado e fue así público e notorio que ella le hasya e avía hecho adulterio, e porque ellos agora avían seydo informados por testigos de grande fee e de creer que fue verdad que la dicha su fija e alnada le avia fecho e cometido el dicho adulterio, por lo cual con justa cabsa el la avia podido e pudo matar reñiendo. Amparados en tan justa causa la madre y el padrastro de la adúltera perdonan e perdonaron al dicho Juan Monono la dicha muerte de la dicha Leonor, su hija e alnada, e le davan e dieron por quito a él y a sus bienes de cual quier abción y derecho que contra él e ellos toviesen por razon de la dicha muerta … Pero la cosa no quedó ahí. El yerno vengador de su honra tenía sin duda un abogado muy bueno, porque consiguió que Doña Leonor (antes Omalfata) y Don Gonzalo (antes Mahomad) además de su propio nombre y derecho otorgasen el perdón en nombre de Catalina, que antes se desya Omaloli, e de Catalina, que antes se desya Axa, e de Catalina, que antes se desya Hanalhocen Naguaquecia, sus hijas de la dicha Leonor e alnadas del dicho Gonzalo Naguaquecí e hermanas de la dicha muerta, de todos los otros parientes dentro del quarto grado de la dicha difunta, por los cuales prestavan e prestaron bos e cabción de rato, que estarían e pasarían e estarán e pasarán por todo lo adelante en esta carta contenido e cada cosa e parte de ello, so obligación de sus personas e bienes.
Y no sólo esto. Tan avergonzados debían de estar Doña Leonor y Don Gonzalo de la infidelidad matrimonial de su hija (y tan excelente profesional hubo de ser el abogado del yerno) que la eficacia del perdón se garantizo además con una dura cláusula penal: e que ellos ni los dichos sus fijas ni ningund de sus dichos parientes en tiempo alguno ni por alguna manera, cabsa ni rasón que sea , no acusarán ni querellarán del dicho Juan Monono sobre la dicha muerte, ni pedirán ni demandarán cosa alguna por rasón de ella, ceuil ni criminalmente contra el dicho Juan Monono ni contra sus bienes, so pena de cient mill maraudies para la cámara e fisco de su altesa e la otra mytad para el dicho Juan Monono, con más todas las costas e daños, yntereses y menoscabos que sobrello se siguieren.
Desde la perspectiva actual no sabría yo decir qué me parece mas asombroso, si el perdón al yerno, en nombre también de las hermanas y hasta de los tíos y primos de la muerta (con la garantía universal de los otorgantes), la cláusula de penalidad a favor del homicida (no me atrevo a llamarle asesino porque probablemente no lo fue), o el hecho de que “alguien” hubiese invitado a la casquivana morisca Fátima a trocar este bello nombre por el sin duda mas ortodoxo, castellano y aristocrático de Leonor; sin olvidar a sus hermanas (Omaloli, Axa y Hanalhocen) concordantemente convertidas en Catalina por partida triple.
Y el marido tolerante y previsor. En abierto contraste con el implacable turronero Juan de Logroño, Alonso Martínez del Olmo, vecino de Almagro, compareció ante el escribano de Granada el día 12 de noviembre de 1.505 e dixo que por quanto Guimar Ortiz … su muger que estava presente, puede aver dos años y medio, poco mas o menos, que se le fue e salió de la dicha villa de Almagro con Juan de Molina, criado del governador Don Iñigo de Guyvara, e fasta el día de hoy ha estado fuera de su poder en lugares públicos e deshonestos, por ende que él la perdonaba e perdonó el dicho delito e adulterio o adulterios que aya cometido con otros cualesquier onbres en cualquier manera que sea fasta el dia de oy e de oy en adelante para siempre jamas.
Pero el bueno de Don Alonso Martínez del Olmo no se contentó con ser generoso con su mujer, pues ansy mismo perdonó al dicho Juan de Molina e a otros cualesquier onbres la sacada de la dicha su muger, e cualquier pecado o delito que con ella ayan cometido o fiziere o cometiere fasta hoy e de oy en adelante para syenpre jamás…
¿Era Don Alonso tan consentidor ad futurum como parece o mas bien un hombre prudente y previsor que, conociendo a su mujer, pretendía ahorrarse la factura de sucesivas escrituras?
Para terminar. Ya se que hoy en día el adulterio no es delito, que Jesucristo dijo a Pedro que había que perdonar setenta veces siete, y también que las prostitutas, y que me perdone Doña Guiomar Ortiz, os precederán en el Reino de los Cielos; pero aun con eso no me quedo tranquilo. Voy a preguntarte a mi notario si el autorizaría una escritura como esta o si opina que eso iría “contra la moral y el orden público”.
SC
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